Condiciones generales del seguro  Rentik

Las presentes condiciones son de aplicación a toda la póliza

  1. La póliza es intransferible a ninguna otra
  2. Usted ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A deben aceptar los términos de la póliza. En caso de que usted no acepte los términos de la póliza es posible que usted no esté cubierto.
  3. El usuario deberá aplicar la diligencia y cuidado razonable para proteger su dispositivo de daños o robos.
  4. El usuario deberá mantener su dispositivo de conformidad con las instrucciones del fabricante.
  5. En caso de que usted abone sus primas mensuales, usted deberá pagar sus primas a tiempo.
  6. En caso de que en el momento de producirse un siniestro que conlleve una reclamación en virtud de la presente póliza, exista otro seguro que cubra la misma pérdida, nosotros estaremos legitimados a acudir a dicha compañía aseguradora para que efectúe una aportación a la reclamación al objeto de atender la reclamación.

RECLAMACIÓN

Cómo presentar una reclamación.

Nosotros procedemos a liquidar todas las reclamaciones válidas reparando o, en caso de que la reparación sea más costosa en términos económicos, sustituyendo su dispositivoUsted deberá seguir el procedimiento que se muestra a continuación cuando presente una reclamación. En caso de que usted no se atenga a este procedimiento es posible que usted no esté cubierto o que la cobertura que usted reciba se vea limitada.

  1. Si su dispositivo ha sido robado, usted deberá dar parte de ello a la policía o a otra autoridad pertinente en cuanto tenga conocimiento de dicho robo, y solicitar un número de atestado de denuncia antes de cursar su reclamación. Deberá usted facilitar dicho número de atestado de denuncia para sustanciar su reclamación. En caso de que la policía no pueda facilitarle un número de atestado de denuncia, le rogamos que nos llame al teléfono 900 52 58 59.
  2. Si su dispositivo ha sido robado, le recomendamos que proceda a informar de dicha circunstancia al proveedor de red dentro de las 24 horas siguientes al momento en el que tuvo conocimiento del siniestro. Para presentar una reclamación por uso no autorizadousted deberá notificar dicha circunstancia a su proveedor de red dentro de las 24 horas siguientes al momento en el que tuvo conocimiento del siniestro.
  3. Por lo que respecta a reclamaciones por daños averías, en caso de que su dispositivo esté protegido con un sistema de seguridad, usted deberá retirar esta protección antes de que nosotros podamos tramitar su reclamación. Por ejemplo, el bloqueo de activación o activation lock de los iPhones.
  4. Deberá usted presentar la reclamación en el plazo de 60 días a partir del momento en el que tenga conocimiento del daño, robo o avería, en caso de que rebase este plazo, podría verse reducida la indemnización que podamos proporcionar a la hora de liquidar su reclamación.
  5. Para presentar una reclamación por daños averías, le rogamos lleve su dispositivo a un establecimiento minorista para que puedan proceder a la evaluación y, cuando proceda, sustitución o reparación del dispositivo. Por el contrario, en caso de que no pueda usted llevar el dispositivo a la tienda, le rogamos contacte con nosotros a través de la dirección de correo seguros@rentik.com, para que podamos concertar la evaluación del daño avería.
  6. Para presentar una reclamación por robo llame a cualquier establecimiento minorista. Deberá usted facilitar su nombre, dirección, fecha de nacimiento y el número de póliza que figura en su certificado, así como una copia de su documento de identidad.

Tramitación de Reclamaciones

Todas las reclamaciones se tramitan como sigue:

  1. Nosotros liquidamos las reclamaciones proporcionándole a usted un dispositivo de sustitución o reparando su dispositivo. En caso de que sustituyamos su dispositivo, cuando sea posible, lo sustituiremos por uno de la misma marca y modelo que su dispositivo original. Si esto no fuese posible, nosotros le proporcionaremos un dispositivo de sustitución alternativo que es posible que difiera en cuanto a su color o modelo o que sea de distinto fabricante. Esto puede significar que las características, prestaciones y funciones sean distintas, pero el dispositivo sustituto tendrá unas especificaciones similares a su dispositivo Los dispositivos de sustitución podrán ser modelos puestos a nuevo.
  2. El periodo de vigencia restante de cualquier garantía del fabricante existente de su dispositivo original se trasladará al dispositivo de sustitución. En caso de que reste un periodo de vigencia inferior a 90 días en su garantía del fabricante existente, Phone House le proporcionará a usted una nueva garantía de 90 días.
  3. Una vez que nosotros hayamos terminado y liquidado su reclamación, el dispositivo original pasará a ser propiedad nuestra. En los casos en los que un dispositivo robado sea recuperado posteriormente, podrá usted conservar el dispositivo de sustitución que le hayamos proporcionado a usted, pero el dispositivo recuperado deberá sernos devuelto a nosotros. Para tramitar esta gestión rogamos se comunique con nosotros enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: seguros@rentik.com

 CANCELACIÓN

Cancelación de su póliza por usted

  1. Podrá usted cancelar su póliza en cualquier momento. Si cancela usted la póliza dentro de los 14 primeros días, usted recibirá el reintegro íntegro de las primas pagadas (a menos que usted haya presentado una reclamación).
  2. Deberá usted notificar cualquier cambio en el dispositivo Para más detalles, le rogamos consulte el apartado titulado “Cambios que Debemos Conocer”.

Cancelación de su póliza por nosotros

Las primas deberán ser pagadas en las fechas que se detallan en su certificado. En caso de que las primas no sean abonadas a tiempo y el pago no se reciba en el plazo de un mes a contar a partir de la fecha en la que debió pagarse según su certificado, la cobertura se verá suspendida durante un periodo adicional de 2 meses, tras lo cual su póliza quedará automáticamente rescindida. En caso de que usted abone la prima vencida e impagada durante este periodo de dos meses, la cobertura se reanudará a las 00:00:00 horas del día siguiente al que se efectúe el pago.

Nosotros también podremos cancelar esta póliza en las siguientes circunstancias:

a) En caso de que usted omita información, dé o use información falsa, o dé información incompleta que nosotros hayamos solicitado en el curso de una reclamación, tales supuestos podrían conllevar la pérdida por parte de usted de todos los derechos y beneficios en virtud de la presente póliza en los casos en los que medie dolo o negligencia en sus actos, y no tendrá derecho a ningún reintegro.

b) En caso de que usted utilice su dispositivo para cometer un delito o para permitir que se cometa un delito, nosotros procederemos a cancelarla automáticamente sin reintegro alguno de primas.

c) En caso de que usted no nos comunique que usted ya no es residente en España o que ya no es propietario del dispositivo que figura en su certificado, de conformidad con el apartado titulado “Cambios que Debemos Conocer”, su póliza quedará cancelada con efectos a partir de la fecha de dicho cambio.

d) Nosotros haremos un seguimiento de sus reclamaciones durante la vigencia de su póliza y en caso de que en cualquier momento nosotros consideremos que las circunstancias y el número de reclamaciones presentadas indiquen que usted no está adoptando la diligencia o el debido cuidado para proteger su dispositivo de daños (Condición General 3), nosotros podremos cancelar su póliza previa notificación escrita a tal efecto cursada a usted con una antelación mínima de 30 días.

FRAUDE

En caso de que nosotros tengamos motivos razonables para creer que su reclamación es en cualquier aspecto falsa o exagerada, nosotros podremos cancelar su póliza inmediatamente y no pagarle ninguna prestación ni reintegrarle ninguna prima usted. Además de ello, nosotros podremos emprender acciones legales contra usted.

 CAMBIOS AL PRESENTE CONTRATO

Cambios que debemos conocer.

  1. Deberá usted prestar el debido cuidado a la hora de proporcionar respuestas completas y exactas a las preguntas que nosotros le formulemos cuando usted contrate su póliza y cuando usted introduzca cambios en su póliza. Deberá usted comunicarnos a nosotros los siguientes cambios:

a) que usted cambie su dispositivo o que su dispositivo haya sido sustituido en virtud de su garantía del fabricante;

b) que usted haya vendido su dispositivo o transmitido la propiedad a otra persona;

c) que usted haya cambiado de domicilio; y/o

d) que usted cambie la tarjeta de crédito o débito a través de la cual tiene domiciliado los pagos.

Le rogamos además que también nos comunique si usted:

a) cambia el número y/o la tarjeta SIM de su dispositivo; y/o

b) cancela su contrato de tiempo de conexión con su proveedor de red. Rogamos tenga en cuenta que su póliza no se cancelará automáticamente cuando usted cancele su contrato de tiempo de conexión con su proveedor de red.

Cuando usted nos informe de un cambio, nosotros le comunicaremos a usted si ello afecta a su seguro, por ejemplo, los casos en los que nosotros podamos aceptar el cambio y, en tal caso, si dicho cambio conllevará en una revisión de los términos y/o de la prima de la póliza. En caso de que usted no nos informe de un cambio, esto puede afectar a cualquier reclamación que usted presente.

Si la información facilitada por usted no es completa y exacta, nosotros podremos:

  1. revisar la prima; y/o
  2. cancelar su póliza inmediatamente; y/o
  3. denegar el pago de una reclamación.

Cambios que nosotros podremos introducir en el presente contrato

a) Después de efectuar una evaluación justa y razonable y a intervalos no inferiores a una vez cada 12 meses, introducir cambios  en su póliza, en la cobertura de la póliza y/o en los términos y condiciones del seguro, para reflejar nuestras expectativas sobre el coste futuro que conllevará proporcionar la cobertura.

Sus primas podrán variar al alza o a la baja. Cuando introduzcamos dichos cambios, nosotros únicamente tendremos en cuenta uno o varios de los factores siguientes:

  1. Nuestra experiencia y expectativas del coste de proporcionar este seguro y/u otro seguro ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS A de naturaleza similar.
  2. La información de la que nosotros dispongamos razonablemente sobre la experiencia actual y prevista de aseguradoras de tipos de seguros similares.
  3. La información económica generalmente disponible como las tasas de inflación y los tipos de interés; y/o
  4. El coste de administración de su póliza.

Todo cambio que se introduzca en virtud del presente apartado se le notificará a usted por escrito con una antelación mínima de 30 días.

 b) En cualquier momento introducir cambios en:

  1. sus primas y/o en su cobertura de la póliza y/o en los términos y condiciones del seguro para reflejar los cambios (que nos afecten a nosotros o que afecten a su póliza) en la legislación o normativa aplicable o en la interpretación de la legislación o la normativa, o cambios de índole tributaria;
  2. su cobertura de la póliza y/o en los términos y condiciones del seguro para reflejar las decisiones o recomendaciones de un Defensor del regulador o figura similar, o de cualquier código de conducta a los que nosotros pretendamos ajustarnos; y/o
  3. su cobertura de la póliza y/o en los términos y condiciones del seguro, al objeto de hacerlos más claros y justos para usted o para rectificar errores que hayamos podido detectar.

Todo cambio que se introduzca en virtud del presente apartado le será notificado a usted por escrito con una antelación mínima de 30 días. No existe ningún periodo mínimo de tiempo a respetar entre cambios que nosotros podamos introducir en virtud del presente apartado.

  1. Tendrá usted libertad para cancelar su póliza de conformidad con lo previsto en el apartado titulado “Cancelación de Su Póliza por Usted” en cualquier momento, inclusive tras la notificación de cualquiera de tales cambios.

INFORMACIÓN GENERAL

Ley Aplicable

El contrato se regirá por la ley española.

Idioma

Salvo que se acuerde otra cosa, los términos y condiciones contractuales y el resto de la información relativa al presente contrato se redactarán en español.

CLÁUSULA SOBRE INDEMNIZACIÓN POR PARTE DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Cláusula sobre indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por reclamaciones que traigan causa de acontecimientos extraordinarios acaecidos en España en seguros para daños en los bienes. De conformidad con las disposiciones del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, y modificado por la Ley 12/2006, de 16 de mayo, el tomador de un seguro del tipo que requiera la inclusión de un recargo a favor de la organización pública anteriormente referida estará legitimado a contratar la cobertura de riesgos extraordinarios con una compañía aseguradora que cumpla con los requisitos establecidos en la legislación vigente.

La indemnización resultante de las reclamaciones causadas por acontecimientos extraordinarios que tengan lugar en España 

y que afecten a riesgos en ella situados será abonada por el Consorcio de Compensación de Seguros cuando el tomador del seguro haya abonado los correspondientes recargos a su favor y se dé cualquiera de las siguientes situaciones:

Que el riesgo extraordinario cubierto por el Consorcio de Compensación de Seguros no esté cubierto por la póliza de seguros contratada con la compañía aseguradora.

Que, incluso en caso de estar cubierto por dicha póliza de seguros, las obligaciones de la compañía de seguros no puedan ser cumplidas dado que haya sido legalmente declarada en concurso o sea objeto de un proceso de liquidación supervisado o asumido por el Consorcio de Compensación de Seguros.

El Consorcio de Compensación de Seguros actuará de conformidad con las disposiciones del Estatuto Legal arriba referido, las disposiciones de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, las disposiciones del Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Seguro de Riesgos Extraordinarios, y cualesquiera otras disposiciones adicionales aplicables.

Resumen de las disposiciones legales

Acontecimientos extraordinarios cubiertos

Los siguientes fenómenos de la naturaleza: los terremotos y maremotos, las inundaciones extraordinarias (incluidas olas gigantes), las erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica (incluidos vientos extraordinarios por encima de los 135 km/hora y los tornados) y las caídas de meteoritos

Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular. Hechos o actuaciones de las fuerzas armadas o de las fuerzas y cuerpos de seguridad en tiempo de paz.

Riesgos excluidos

Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro.

Los sufridos por bienes asegurados por un contrato de seguro distinto de aquellos en los que sea obligatorio el recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros.

Los debidos a vicio o defecto propio de la cosa asegurada, o a su manifiesta falta de mantenimiento. Los producidos por conflictos armados, aunque no haya precedido la declaración oficial de guerra.

Los derivados de la energía nuclear, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 25/1964, de 29 de abril, reguladora de Energía Nuclear. No obstante, lo anterior, sí se entenderán incluidos todos los daños directos ocasionados en una instalación nuclear asegurada, cuando sean consecuencia de un acontecimiento extraordinario que afecte a la propia instalación.

Los debidos a la mera acción del tiempo y, en el caso de bienes total o parcialmente sumergidos de forma permanente, los imputables a la mera acción del oleaje o corrientes ordinarios.

Los producidos por fenómenos de la naturaleza distintos a los señalados en el artículo 1 del Reglamento de Seguro de Riesgos Extraordinarios y, en particular, los producidos por elevación del nivel freático, movimiento de laderas, deslizamiento o asentamiento de terrenos, desprendimiento de rocas y fenómenos similares, salvo que estos fueran ocasionados manifiestamente por la acción del agua de lluvia que, a su vez, hubiera provocado en la zona una situación de inundación extraordinaria y se produjeran con carácter simultáneo a dicha inundación.

Los causados por situaciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones o manifestaciones llevadas a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, así como durante el transcurso de huelgas legales, salvo que las citadas actuaciones pudieran ser calificadas como acontecimientos extraordinarios conforme al artículo 1 del Reglamento de Seguro de Riesgos Extraordinarios.

Los causados por mala fe del asegurado.

Los derivados de reclamaciones por siniestros cuya ocurrencia haya tenido lugar en el plazo de carencia establecido en el artículo 8 del Reglamento de Seguro de Riesgos Extraordinarios.

Los correspondientes a reclamaciones por siniestros producidos antes del pago de la primera prima o cuando, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros se halle suspendida o el seguro quede extinguido por falta de pago de las primas.

Los indirectos o pérdidas derivadas de daños directos o indirectos, distintos del lucro cesante o pérdida de beneficios delimitada en el Reglamento de Seguro de Riesgos Extraordinarios. En particular, no quedan comprendidos en la cobertura los daños o pérdidas sufridas como consecuencia del corte o alteración en el suministro exterior de energía eléctrica, gases combustibles, fueloil, gasoil u otros fluidos, no cualesquiera otros daños o pérdidas indirectas distintas de las citadas en el párrafo anterior, aunque estas alteraciones se deriven de una causa incluida en la cobertura de riesgos extraordinarios.

Pérdidas que, por su magnitud y gravedad, sean calificadas por el Gobierno de la Nación como de “catástrofe o calamidad nacional”.

Franquicia

En caso de daños directos (excepción hecha de automóviles y viviendas y sus comunidad de propietarios), la franquicia a cargo del asegurado será del 7% de la cuantía reclamada en concepto de indemnización por daños y perjuicios causados por el siniestro.

En el caso de la cobertura por lucro cesante o pérdida de beneficios, la franquicia a cargo del asegurado será la prevista en la póliza para casos de lucro cesante o pérdida de beneficios en reclamaciones por siniestros ordinarios.

Extensión de la cobertura

La cobertura de los riesgos extraordinarios será de aplicación a los mismos bienes y conllevará las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en la póliza a efectos de la cobertura de riesgos ordinarios. No obstante, lo anterior, en las pólizas que cubran daños a los vehículos a motor, el Consorcio garantizará la totalidad del interés asegurable, aunque la póliza sólo lo haga parcialmente.

Procedimiento a seguir en caso de siniestro en el que la indemnización resulte pagadera por el Consorcio de Compensación de Seguros. En caso de producirse un siniestro, el asegurado, el tomador del seguro, el beneficiario o sus respectivos representantes legales deberán -ya sea directamente o a través de la compañía aseguradora o del agente de seguros, y en el plazo de siete días a partir de tener conocimiento del mismo- notificar a la correspondiente oficina regional del Consorcio el acaecimiento del hecho, de acuerdo con el lugar en el que se haya producido el siniestro. La notificación deberá cursarse en el modelo establecido a tal efecto que está disponible en la página web del Consorcio (www.consorseguros.es) o en sus oficinas o en las de la compañía aseguradora. Deberán adjuntarse los documentos necesarios de acuerdo con la naturaleza de los daños.

Además, deberán conservarse los restos y vestigios del siniestro para la investigación y, en caso de que ello fuera absolutamente imposible, deberán aportarse pruebas documentales de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Del mismo modo, deberán conservarse las facturas correspondientes a los bienes afectados cuya destrucción no pudo evitarse.

Deberán adoptarse todas las medidas posibles para minimizar la extensión de los daños. La valoración de las pérdidas resultantes de acontecimientos extraordinarios la llevará a cabo el Consorcio de Compensación de Seguros, no quedando vinculado por las valoraciones que pudiera haber llevado a cabo la compañía aseguradora que cubra los riesgos ordinarios. El Consorcio de Compensación de Seguros ofrece la siguiente línea de información telefónica para los tomadores de seguros para resolver las posibles consultas y dudas que pudieran tener en relación con el procedimiento a seguir: 900 52 58 59

Protección de datos: Notificación de privacidad Información personal 

El controlador de datos responsable de esta información personal es ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A que actúa como la aseguradora del producto. Otros controladores adicionales incluyen a Phone House que es responsable de la venta y distribución del producto y cualquier reaseguradora aplicable.

La aseguradora recopila y utiliza información personal sobre usted para que podamos ofrecerle una póliza que se ajuste a sus requisitos de seguro. Esta notificación explica los aspectos más importantes de cómo utilizamos su información, pero puede obtener más información sobre los términos que utilizamos además de ver nuestra póliza de privacidad al completo en https://www.allianz.es/privacidad-seguridad

La información personal que recopilamos y cómo la utilizamos

La Aseguradora utilizará su información personal:

  • para ofrecerle un seguro: necesitamos esto para decidir si podemos ofrecerle un seguro y, de ser el caso, en qué términos, además de administrar su póliza, tramitar cualquier reclamación y gestionar cualquier renovación
  • para respaldar intereses legítimos que tenemos como negocio: necesitamos esto para gestionar los acuerdos que tenernos con reaseguradoras, para la detección y prevención de fraude y para ayudarnos a comprender mejor a nuestros clientes y mejorar nuestro compromiso con ellos (esto incluye la creación de perfiles y análisis de clientes).
  • para cumplir cualquier ley aplicable u obligación regulatoria: necesitamos esto para respetar los requisitos de cumplimiento con nuestros reguladores para cumplir con el orden público y para gestionar reclamaciones legales, y
  • para realizar otras actividades de interés público: por ejemplo, puede que tengamos que utilizar información personal para llevar a cabo comprobaciones de blanqueo de

Además de recopilar información personal sobre usted, también podríamos utilizar información sobre otras personas, por ejemplo, familiares que desea incluir en una póliza. Si suministra información sobre otra persona, esperamos que usted se asegure de que sepa que lo está haciendo y que esté conforme con que su información nos sea suministrada. Puede que encuentre útil mostrarle esta notificación de privacidad y si tiene cualquier pregunta, puede contactarnos a través de uno de los métodos descrito más abajo.

La información personal que recopilamos y utilizamos incluirá nombre, dirección, fecha de nacimiento, contacto e información financiera. Si se realiza una reclamación, también recopilaremos información personal sobre la reclamación, tanto perteneciente a usted como a cualquier tercer parte relevante. También puede que tengamos que preguntarle por datos relacionados con la salud o cualquier delito pendiente o condena penal. Admitimos que la información sobre su salud y delitos o condenas penales es información especialmente sensible. Cuando sea pertinente, pediremos su consentimiento para recopilar y utilizar esta información.

Si requerimos su consentimiento para utilizar información personal, lo dejaremos claro al completar una solicitud o al enviar una reclamación. Si nos da su consentimiento para utilizar información personal, podrá retirar dicho consentimiento en cualquier momento contactándonos; consulte el apartado de “Contacto” más abajo. Tenga en cuenta que, si retira un consentimiento para utilizar información, puede que no podamos continuar ofreciéndole la póliza o procesando reclamaciones y es posible que tengamos que cancelar la póliza.

Por supuesto, no tiene que facilitarnos ninguna información personal, pero si no nos facilita la información que requerimos, puede que no podamos continuar con su solicitud o con cualquier reclamación que haya presentado.

Parte de la información que recopilamos como parte de esta solicitud nos puede ser facilitada por un tercero. Esto puede incluir información sobre usted que ya esté registrada en el grupo ALLIANZ, incluidos datos de presupuestos y reclamaciones anteriores, información que obtenemos de registros de acceso público, nuestras terceras partes de confianza y de bases de datos del sector, como bases de datos y agencias de prevención de fraudes.

Búsquedas por agencias de referencia crediticia

Para garantizar que la aseguradora disponga de todos los hechos necesarios para evaluar su riesgo de seguro, comprobar su identidad, ayudar a evitar fraudes y ofrecer nuestra mejor prima y opciones de pago, la aseguradora puede que tenga que obtener información sobre usted durante el presupuesto, la renovación y en ciertas circunstancias donde se soliciten enmiendas a la póliza. La aseguradora o sus agentes podrán:

  • realizar comprobaciones utilizando información de acceso público (como censo, juicios en tribunales regionales, declaraciones de insolvencia o embargos. Cuando se evalúe cualquier reclamación, es probable que se lleven a cabo comprobaciones parecidas

Tomas de decisiones automáticas

Llevamos a cabo tomas de decisiones automáticas para decidir si podemos ofrecerle un seguro y bajo qué condiciones. En particular, utilizamos un motor de suscripción automático para procesar la información personal que nos suministra como parte de este proceso de solicitud de inscripción. Esto incluirá información como su edad, dirección y datos del instrumento que desea asegurar. El motor automático podría validar la información que nos suministra comparándola con otros registros que tengamos sobre usted en nuestros sistemas y en bases de datos de terceros, como bases de datos públicas. También podríamos complementar la información que nos suministre con información de terceras partes (incluido Phone House) que nos pudiera ofrecer más información sobre sus bienes. Hacemos esto para calcular el riesgo de seguro y la cantidad que le costará la cobertura. Sin esta información, no podremos ofrecerle un precio que sea relevante para sus circunstancias y requisitos personales. Regularmente comprobamos el modo en que funciona nuestro motor de suscripción para garantizar que somos justos con nuestros clientes. Tras la decisión automática, tendrá el derecho a hablar con alguien que revisará la decisión y le dará una explicación más detallada. Si desea invocar este derecho, póngase en contacto con nosotros a través de la siguiente dirección https://www.allianz.es/privacidad-seguridad.

Cómo compartimos su información personal con otros

Puede que compartamos su información personal:

  • con el grupo ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A nuestros agentes y terceras partes que nos suministran servicios tanto a nosotros como a otras aseguradoras (tanto directamente como mediante terceros que actúan para la aseguradora como investigadores o peritos de pérdidas) para ayudarnos a administrar nuestros productos y servicios,
  • con organismos reguladores y organismos orden público, incluida la policía, p. ej., si así se nos exige para cumplir con una obligación regulatoria o legal relevante,
  • con otras organizaciones como aseguradoras, organismos públicos y la policía (tanto directamente como utilizando bases de datos compartidas) para la prevención de fraudes y para fines de detección,
  • con reaseguradoras que ofrecen servicios de seguros a ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A y entre sí. Las reaseguradoras utilizarán sus datos para decidir si pueden ofrecerle una cobertura de seguro, evaluar y gestionar reclamaciones de seguro y para cumplir con sus obligaciones legales. Estas mantendrán sus datos durante el periodo que sea necesario para estos fines y puede que tengan que revelarlos a otras compañías del grupo, sus agentes, proveedores de servicios terceros y organismos regulatorios y de orden público.

Algunas de las organizaciones con las que compartimos información puede que estén ubicadas fuera del Espacio Económico Europeo (“EEE”). Siempre tomaremos las medidas necesarias para garantizar que cualquier transferencia de información fuera de Europa se gestione con cuidado para proteger sus derechos de privacidad. Para más información al respecto, consulte nuestra Política de privacidad o póngase en contacto con nosotros.

Durante cuánto tiempo conservamos su información personal

Conservaremos su información personal mientras siga siendo uno de nuestros clientes. Seguimos una política de retención para garantizar que únicamente conservamos información personal durante el tiempo que sea razonablemente necesario para poder llevar a cabo los fines expuestos en esta notificación. Tenemos que conservar su información durante el periodo necesario para poder administrar su seguro y gestionar sus reclamaciones y preguntas sobre su póliza. Puede que también tengamos que mantener esta información una vez concluida nuestra relación, por ejemplo, para garantizar que tengamos un registro preciso en caso de cualquier reclamación o problema, para llevar a cabo comprobaciones de fraude o cuando nos veamos obligados a ello por motivos fiscales, regulatorios o legales.

Sus derechos

Usted tiene varios derechos en relación a su información personal, incluido el derecho a solicitar acceso a su información personal, corregir cualquier error en nuestros registros, borrar o limitar registros cuando estos ya no sean necesarios, objetar autilizar información personal en base a intereses comerciales legítimos, solicitar no estar sujeto a una toma de decisiones automática si tal decisión produce un efecto legal o de otro tipo que sea significativo para usted y a la portabilidad de datos. Para más datos en relación a sus derechos, incluido cómo ejercerlos, consulte nuestra política de privacidad al completo o póngase en contacto con nosotros mediante la sección “Contacto” de más abajo.

Contacto

Si tiene cualquier pregunta sobre cómo utilizamos su información personal o si desea ejercer los derechos expuestos anteriormente, póngase en contacto con nuestro equipo de Protección de datos por correo electrónico en lopd@ALLIANZ.es o a través de correo postal o presencial en C/Tarragona 109, 08014, Barcelona, o bien, póngase en contacto con Phone House escribiendo a THE 

PHONE HOUSE SPAIN, S.L.., Departamento de Atención al Cliente,  C/ José Echegaray nº 1 de (28232) de Las Rozas, Madrid o enviando un correo electrónico a la siguiente dirección: atencionclienteseguros@phonehouse.es.

Si tiene cualquier queja o preocupación sobre cómo utilizamos su información personal, póngase en contacto con nosotros en primera instancia y trataremos de resolver el problema lo antes posible.

 

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable

ALLIANZ, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

Finalidad

Contratación, mantenimiento, desarrollo y control del seguro.

Legitimación

Ejecución de un contrato.

Destinatarios

Cesión a terceros colaboradores de la compañía y ficheros comunes del sector asegurador.

 

Transferencias internacionales intragrupo.

Derechos

Acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos; limitación u oposición a su tratamiento, de acuerdo con las indicaciones contenidas en la información adicional.

Procedencia

El interesado a través del mediador de seguros.

Información adicional

Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: https://www.allianz.es/privacidad-seguridad

 

Quejas

Nuestra Promesa de Servicio

Nuestro objetivo consiste en ofrecer un excelente servicio a todos nuestros clientes, pero reconocemos que en ocasiones las cosas fallan. Nos tomamos muy en serio todas las quejas que recibimos y tratamos de resolver los problemas de todos nuestros clientes con celeridad. Para asegurarnos de que prestamos la clase de servicio que usted espera, le agradecemos todas sus opiniones. Nosotros registraremos y analizaremos su queja para asegurarnos de mejorar continuamente el servicio que nosotros  ofrecemos.

Qué ocurre cuando usted presenta una queja:

  • Nosotros procederemos a tomar nota de su queja de inmediato
  • Nosotros trataremos de resolver todas las quejas lo antes posible

La mayoría de los problemas de nuestros clientes pueden resolverse rápidamente, pero en ocasiones es necesario realizar averiguaciones más detalladas. Si esto ocurriera, nosotros nos pondremos en contacto con usted para informarle de los progresos realizados en el plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción y le daremos a usted una fecha prevista de respuesta.

Qué debe hacer si usted no queda satisfecho:

En caso de que usted no esté satisfecho con cualquier aspecto de la tramitación de su queja nosotros le recomendaríamos, en primer lugar, que trate de buscar una solución poniéndose en contacto con nosotros a través de la dirección de correo atencionclienteseguros@phonehouse.es o a THE PHONE HOUSE SPAIN, S.L., Departamento de Atención al Cliente C/ José Echegaray nº 1 de (28232) de Las Rozas, Madrid. Si usted no está satisfecho con el resultado de su queja, puede usted elevar el asunto a la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, dirigiéndose a:

Dirección General de Seguros

C/Miguel Ángel 21

28010 Madrid

Mientras que nosotros quedaremos obligados por la decisión de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, usted no. El tramitar el procedimiento de quejas no afectará al derecho de emprender acciones legales que le asiste a usted.

También podrá ejercer su derecho de queja, tal y como se prevé en la legislación vigente, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones/index.asp)

EXCLUSIÓN ENFERMEDAD CONTAGIOSA

1.este contrato de seguro excluye cualquier daño, responsabilidad, Reclamación, coste o gasto causado, derivado, resultante, que pueda formar Parte o que tenga algún tipo de vinculación, ya sea directa o indirecta, con Algún  tipo de enfermedad contagiosa o bien el temor o amenaza  (real o Percibida) de una enfermedad contagiosa (por ejemplo, toda acción tomada para Controlar, prevenir o eliminar alguna enfermedad contagiosa); Independientemente de cualquier otra causa o evento que contribuya al mismo Tiempo o en cualquier otra secuencia.

2.como aquí se recoge, por enfermedad contagiosa se entiende toda enfermedad Que pueda ser transmitida por cualquier tipo de sustancia o agente de un Organismo a otro donde:

2.1.- la sustancia o agente incluya, pero no limite, un virus, bacteria, Parásito u otro organismo o variación de éste, ya sea considerado vivo o no, y

2.2.- la forma de transmisión, directa o indirecta, incluyendo, pero no Limitando a, transmisión aérea, transmisión mediante fluidos corporales, Transmisión desde o hacia una superficie u objeto sólido, líquido o gaseoso Entre organismos y,

2.3.- la enfermedad, sustancia o agente, pueda causar un daño (o representar Una amenaza de causar un posible daño) a la salud o bienestar humano o bien Pueda causar a una propiedad (o representar una amenaza de causar un posible Daño) un deterioro, una pérdida de valor, de uso o incluso de poder ser puesta En el mercado para su comercio. Tendrán consideración a los efectos de la presente exclusión, todas aquellas Enfermedades contagiosas que tengan la consideración de pandemia, epidemia o Brote – según declarado por las autoridades internacionales, nacionales o Locales.

CLÁUSULA DE EVENTO CIBERNÉTICO

1.- ¿Qué cubrimos?

Con relación a las garantías y riesgos cubiertos por la presente póliza, quedarán igualmente amparados cuando el siniestro traiga causa de un evento cibernético.

2.- ¿Qué NO se cubre?

Además de los riesgos NO asegurados de conformidad con las condiciones particulares y generales de la presente póliza, NO quedan garantizadas: Aquellas reclamaciones derivadas del incumplimiento doloso del asegurado de las más elementales normas de diligencia ni del incumplimiento de obligaciones y requisitos legales o de requerimientos de autoridades locales.

Riesgos que deban cubrirse por el Consorcio de Compensación de Seguros.

 Perjuicios patrimoniales primarios entendidos como aquellos menoscabos o perjuicios patrimoniales no derivados de un Daño

Personal, Material o Consecuencial de estos, que sufran Terceros como consecuencia de las Actividades del Tomador del Seguro / Asegurados. Esta exclusión aplica incluso en aquellos casos en que la póliza pudiera incluir la garantía de perjuicios patrimoniales puros, que en ningún caso alcanzará a los ocasionados por eventos cibernéticos.

Responsabilidad frente a terceros por vulneración de la normativa nacional e internacional en materia de protección de datos personales. Impuestos, multas o penalizaciones, sanciones o recargos así como daños punitivos y ejemplarizantes, cualquiera que sea su naturaleza, y en especial las derivadas de la normativa nacional e internacional en materia de protección de datos personales. Perjuicios resultantes de la revelación de información confidencial, secretos empresariales, competencia desleal, publicidad engañosa, calumnia o injuria. Reclamaciones basadas en la violación del Derecho de patentes, marcas, modelos y otros derechos de protección comercial, así como reclamaciones basadas en derechos que caen dentro del ámbito de la propiedad intelectual o industrial en general.

Por daños morales, entendidos como aquellos no generados por daños personales o materiales, y que no trasciendan en la esfera patrimonial del perjudicado, tales como los basados en reclamación por la lesión de derechos de la intimidad personal, familiar, la propia imagen u otros derechos de protección de las personas, así como aquellos daños morales que entrañen menosprecio. Reclamaciones por discriminación, entendiéndose como tal una reclamación que alegue, derive de, se base o sea atribuida a prácticas de empleo indebidas, o a cualquier discriminación incluyendo la que se produzca por razón de raza, credo, religión, origen étnico, nacionalidad, edad, minusvalía, sexo u orientación sexual o embarazo. Pago o reembolso de rescates en caso de secuestro (ciberextorsión – malware) de datos. Pérdida de beneficio, paralización de actividad o cualquier denominación equivalente cuando dichos perjuicios NO traigan causa de un daño material amparado en póliza. Tampoco se extiende la cobertura de “evento cibernético” a la pérdida de beneficio por proveedores, imposibilidad de acceso y/o clientes; de estar contratadas.

NO tendrán la consideración de daño material ni por tanto cobertura:

La pérdida, daños, destrucción, distorsión, borrado, corrupción o alteración de DATOS por cualquier causa (incluyendo, pero no limitado a fallos de seguridad en la red y/o virus informático); considerando igualmente excluidos la pérdida de uso, la reducción de la funcionalidad y/o los gastos asociados de cualquier naturaleza; y todo ello independientemente de que pudiera concurrir otra causa o evento al siniestro. 

Pérdidas derivadas directa o indirectamente de pérdida, alteración, daños, reducción de la funcionalidad, disponibilidad u operatividad de sistemas informáticos, hardware, programas, software, repositorios de información, microchips, circuitos integrados o similares, correo electrónico o páginas web; salvo en aquellos casos en que las citadas pérdidas hayan sido causadas por incendio, rayo, explosión o acción del agua.

Ciberguerra, Ciberterrorismo, saqueos y actos gubernamentales.

3.- Valoración de dispositivos electrónicos que procesen datos.

Prevaleciendo sobre cualquier indicación en contrario, para el caso en que la presente póliza asegurase los daños materiales sufridos por dispositivos electrónicos que contengan datos, la cuantificación del importe a indemnizar se realizará considerando el coste del dispositivo electrónico vacío, incluyendo los gastos derivados de copiar los DATOS desde una copia de seguridad o desde otros dispositivos originales de otra generación.

NO se indemnizarán en ningún caso los costes de investigación ni de ingeniería ni los necesarios para volver a crear, recopilar o reunir estos DATOS.

Cuando el dispositivo no pueda ser reparado, cambiado o restaurado, el valor a indemnizar será el coste del dispositivo electrónico vacío. De este modo, esta póliza no indemnizará importe alguno relacionado con el valor de los DATOS para el Asegurado ni para terceros aun cuando esos DATOS no puedan ser creados de nuevo, recuperados o reunidos.

 4.- Definiciones: Evento cibernético significa: cualquier procesamiento no autorizado de datos por parte del asegurado. Cualquier incumplimiento de las leyes e infracción de las normas relacionadas con el mantenimiento o la protección de datos. Cualquier fallo de seguridad de la red en la esfera del asegurado. El término dato incluye, entre otros, datos personales, hechos, conceptos e información, software u otras instrucciones codificadas de manera formal y utilizable para comunicaciones, interpretación o procesamiento. Datos personales significan cualquier información relativa a una persona física identificada o identificable, entendiendo por persona identificable aquella que pudiera ser directa o indirectamente identificada, en particular por referencias a elementos identificables como son el nombre, su número de documento de identidad, dirección, identificadores online o referencias identificables uno o más factores específicos de tipo físico o fisiológicos, genéticos, mentales, económicos, culturales o sociales. Procesamiento significa cualquier operación o conjunto de operaciones que se realiza en datos o en conjuntos de datos, ya sea por medios automáticos o no, tales como recopilación, registro, organización, estructuración, almacenamiento, adaptación o alteración, recuperación, consulta, uso, divulgación por transmisión, difusión o puesta a disposición, alineación o combinación, restricción, borrado o destrucción Daño a los datos significa cualquier pérdida, destrucción o corrupción de datos. Cualquier daño a los datos de un tercero por parte del asegurado NO será considerado como evento cibernético si no se deriva de un fallo de seguridad de la red.

 Esfera del asegurado se refiere a cualquier sistema o dispositivo arrendado, poseído, operado o perdido por el asegurado, o que esté disponible o accesible para el asegurado, para el procesamiento de datos. Fallo de seguridad de red significa cualquier fallo no físico y tecnológico de la seguridad del sistema informático u otras medidas de seguridad tecnológica que conducen a acceso no autorizado y / o robo de datos, pérdida de control operativo de datos, transmisión de virus o código malicioso y / o denegación de servicio.

Virus informático significa un conjunto de instrucciones contaminantes, dañinas o similares, o de códigos no autorizados, incluyendo un conjunto de instrucciones o códigos, programables u otros, introducidos maliciosamente y no autorizados, que se auto propaguen a través de sistemas computacionales o redes de cualquier naturaleza; entre los que se incluye cualquier “malware” como “caballos de Troya”, “gusanos”, “bomba de tiempo o lógicas”, “secuestro o ransomware” o similares.

El acto de terrorismo (como se define en este Contrato o, si no se define en este Contrato, como se rige por las leyes y regulaciones aplicables) independientemente de cualquier otra causa o evento que contribuya simultáneamente o en cualquier otra secuencia a la pérdida o daño, también incluirá el ciberterrorismo, es decir, el uso de redes o sistemas informáticos con fines terroristas, como pudiera ser cualquier ataque o actividad disruptiva premeditada política, religiosa o ideológicamente (u objetivo similar), o la amenaza del mismo, por parte de un grupo o individuo contra el sistema informático o la red de cualquier naturaleza o para intimidar a cualquier persona en cumplimiento de tales objetivos. Se trata de ataques implementados con el objetivo de provocar la interrupción o degradación de la prestación de un servicio, provocando daños relevantes en la continuidad del servicio de una institución, daños materiales o daños reputacionales relevantes cometidos con propósitos ideológicos, políticos o religiosos. Tendrá también la consideración los delitos informáticos previstos en los art. 197 bis y ter y 264 a 264 quater de la Ley Orgánica 10/1995 de Código Penal, o norma que los modifique o sustituya, cuando dichos delitos se cometan con las finalidades previstas en el artículo 573.1 del mismo texto. Estas finalidades son: Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo. Alterar gravemente la paz pública. Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional. Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella. Por ciberguerra, se entenderá el uso de redes o sistemas informáticos con fines bélicos entendidos como cualquier acción hostil o bélica en tiempos de paz, guerra civil o guerra. Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, operaciones hostiles (con o sin declaración de guerra e incluyendo daños y amenazas de ciberextorsión y/o ciberataque), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, disturbios o agitación social que asumieran la proporción o resultaran en levantamiento popular, poder militar o golpe de estado o ley marcial; Por actos gubernamentales: la expropiación, nacionalización, confiscación, requisa, embargo o cualquier otro acto de una autoridad pública local, gubernamental o de facto, acometidos por orden de dichas autoridades.